Quis autem velum iure reprehe nderit. Lorem ipsum dolor sit nulla or narjusto laoreet onse ctetur adipisci.
Quis autem velum iure reprehe nderit. Lorem ipsum dolor sit nulla or narjusto laoreet onse ctetur adipisci.
Esta situación esta afectando gravemente a la situación de las empresas, en especial de las más pequeñas. Sus menores recursos las hacen más vulnerables y las sitúan en una posición más complicada para afrontar las inversiones necesarias para adaptarse a la reapertura.
Varios organismos están abriendo líneas de ayuda especiales para superar lo más rápido posible esta crisis. A continuación os contamos algunas de ella:
“Convocar en régimen de concesión directa, subvenciones, con el fin de garantizar la pervivencia del sector comercial de la Comunidad de Castilla y León, tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la digitalización de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad, a su adaptación ante la situación de emergencia derivada del COVID-19 y a garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano en su medio rural. A los efectos de estas subvenciones se entiende por abastecimiento de productos de carácter cotidiano la venta de alimentación, droguería y perfumería.” Fuente: Tramita Castilla y León
Del 19 de Mayo de 2020 hasta el 2 de Noviembre de 2020.
Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, afectadas por las medidas de gestión de la crisis del COVID-19 y que cumplan los requisitos.
Tener la condición de Pyme y desarrollar una actividad comercial y minorista.
Se considerarán subvencionables los gastos ejecutados entre el 14 de Marzo y el 15 de Octubre y pagados con anterioridad a la presentación de la solicitud.
Serán subvencionables las acciones llevadas a cabo en el establecimiento para la adaptación a las restricciones sanitarias así como al comercio digital. Se requerirá un proyecto de inversión que deberá cumplir una serie de requisitos (ver el detalle en la página de la convocatoria)
Sera de un 50% del presupuesto aceptado. Siendo de el 60% en caso de que el establecimiento este vinculado a un municipio de menos de 5000 habitantes.
Los presupuestos deberán comprenderse entre los 1.000€ y los 10.000€ excepto para la adquisición de vehículos que ascenderá a 15.000€
Para más información puedes consultar la convocatoria aquí
“Subvenciones públicas para adquisición de equipos de protección individual frente a riesgos biológicos, asistencia externa para desinfección de equipos, instalaciones y personas, exclusivamente en respuesta a la situación de contingencia y asistencia de un servicio de prevención ajeno para la evaluación de puestos de trabajo que puedan ser población de riesgo frente a la COVID-19”. Fuente: BOCYL
Hasta el 30 de Septiembre de 2020.
Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen la actividad subvencionada dentro de Castilla y León
Tener trabajadores por cuenta ajena (se tomará como referencia el mes natural inmediatamente anterior a la fecha publicación de la convocatoria) y que su número total en todo el Territorio Nacional sea inferior a 250.
Que su volumen de negocios anual o su balance general anual no supere los 50 millones de euros de volumen de negocios y 43 millones de balance general anual.
Cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales.
La adquisición de equipos de protección individual frente al riesgos de agentes biológicos (guantes, gafas, mascarilla, batas, botas…).
La asistencia externa para labores de desinfección biológica de los equipos, instalaciones y
personas, exclusivamente en respuesta a la situación de contingencia.
Asistencia de un servicio de prevención ajeno para la evaluación de los puestos de trabajo
que puedan ser población de riesgo frente al COVID-19.
Información y asesoramiento a los trabajadores y empresas de Castilla y León para la
prevención de los contagios por COVID-19 en los centros de trabajo.
Sera del 80% del gasto subvencionable no pudiendo exceder en ningún caso de los 2.000€ por beneficiario.
Para más información puedes consultar las bases reguladoras aquí